La Gestión de las Solicitudes de los estudiantes se refiere a la recepción, análisis y resolución de las solicitudes presentadas por los estudiantes de la Universidad de Antofagasta que puedan afectar su permanencia en la institución y que están estipuladas en el Reglamento vigente del estudiante de pregrado.

Cada vez que un estudiante requiera realizar la tramitación de una solicitud este deberá dirigirse a la Dirección de Desarrollo Curricular (DIRC), completar el formulario de Solicitud (FORSOL) y entregar los antecedentes correspondientes.  El Encargado de carrera de la DIRC es quien está a cargo de recepcionar esta y derivarla a usted para gestionar dicha solicitud y dar una respuesta al estudiante. Las solicitudes a gestionar son:

Docencia tutorial. Art.23

 DOCENCIA TUTORIAL, Art. 23:

Descripción

Es la modalidad de dictar una asignatura en la que el profesor asesora el estudio personal de uno o más estudiantes  cuya situación no pueda asimilarse al  curso regular del Plan de Estudios, sea porque la asignatura no se está dictando regularmente en el semestre, sea porque la asignatura ya no figure en éste, sea porque lo requieren condiciones especiales y justificadas del alumno, según decisión del Decano adoptada conforme al Reglamento de Docencia Tutorial (Decreto N°419 de marzo del 2005)

Permiso maternal Art.30

PERMISO MATERNAL, Art. 30:

Descripción

Las alumnas tendrán derecho a un descanso de maternidad anterior y posterior al parto, cuya duración será regulada en cada paso por el organismo competente de salud estudiantil de la Universidad (SEMDA).

Causal de Eliminación 4° oportunidad. (43 d) Comisión de docencia.

CAUSAL DE ELIMINACIÓN POR CUARTA OPORTUNIDAD, Art. 43 d):

Descripción

Alumno que pierde su calidad de alumno regular y por consecuencia queda eliminado de la Universidad por haber reprobado una actividad curricular en tercera oportunidad, en el período académico, sea este semestre o año según corresponda.

Causal de Eliminación por Permanecia, Art. 43 a):

CAUSAL DE ELIMINACIÓN POR PERMANENCIA, 43 a):

Descripción

Alumno que pierde su calidad de alumno regular y por consecuencia queda eliminado de la Universidad por no aprobar la totalidad de las asignaturas de su Plan de Estudios dentro de un periodo equivalente al doble de tiempo de duración del mismo Plan, excluidas las actividades de titulación.

Causal de Eliminación por no Inscribir Asignaturas, Art. 43 b):

CAUSAL DE ELIMINACIÓN POR NO INSCRIBIR ASIGNATURAS, Art. 43 b):

Descripción

Alumno que pierde su calidad de alumno regular y por consecuencia queda eliminado de la Universidad por no inscribir asignaturas en el período académico, sea este semestre o año según corresponda.

Renuncia, Art. 45:

RENUNCIA, Art. 45:

Descripción

Decisión voluntaria del alumno de no continuar como alumno regular de la universidad. La Renuncia es un derecho del alumno y NO DEBE estar afecto a medidas académicas o disciplinarias.

Traslado, Art. 46:

TRASLADO, Art. 46:

Descripción

Estudiante que se cambia de una universidad nacional acreditada o extranjera a la Universidad de Antofagasta, para proseguir los estudios en la misma carrera o programa.

Transferencia, Art. 47:

TRANSFERENCIA, Art. 47:

Descripción

Estudiante que se cambia de una carrera o programa a otra u otro en la misma universidad o se cambia a otra Universidad nacional acreditada o extranjera.

Homologación de Asignaturas, Art. 48:

HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS, Art. 48:

Descripción

Se reconocen como aprobadas asignaturas correspondientes a una carrera o programa, en virtud de la aprobación de asignaturas afines cursadas en esta u otra Universidad acreditada.

Retiro Temporal, Art. 53:

 RETIRO TEMPORAL, Art. 53:

Descripción

Estudiante que requiere solicitar retiro temporal para interrumpir sus estudios por períodos académicos completos.

Vencimiento plazo de Egresados, Art. 56:

 VENCIMIENTO PLAZO DE EGRESADOS, Art. 56:

Descripción

Estudiante egresado que supera el plazo de dos (2) años a contar de la fecha de egreso, para completar los requerimientos exigidos y obtener el título profesional y/o grado académico correspondiente. A excepción de la carrera de derecho que tendrá un plazo de tres (3) años.